La época Navideña ha llegado y con ella la emoción de recibir el tan esperado aguinaldo, pero ¿sabes cómo calcularlo? ¿Estás seguro de que tu jefe te está otorgando justo lo que te corresponde?
¿Qué es el aguinaldo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo el pago del aguinaldo se estableció en 1970 y consiste en una gratificación obligatoria que todas las empresas dan a sus colaboradores cada año. Este pago es de carácter irrenunciable y debe de otorgarse antes del 20 de Diciembre.
¿Cómo se calcula?
El aguinaldo debe ser como mínimo equivalente a 15 días de salario, los cuales corresponden a un año laborado. En caso de que no hayas trabajado durante un año completo deberás recibir lo referente a los días trabajados.
Para comprender mejor lo anterior te presentamos el siguiente ejemplo:
Si trabajaste durante 1 año completo:
Supongamos que tu sueldo es de $10,000 mil pesos mensuales, así que para calcular tu aguinaldo deberás hacer lo siguiente:
- 10,000/30 días= $333.33 pesos como salario diario
- 333.33 pesos x 15 días= $4,999.5 pesos que debes recibir mínimo como aguinaldo.
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Si no trabajaste durante todo un año:
Retomemos el ejemplo anterior en el que como aguinaldo deberías recibir $4,999.5 pesos, pero ahora supongamos que sólo trabajaste 200 días del año, entonces deberás realizar las siguientes operaciones:
4,999.5 / 365 días del año= $13.69 pesos como salario diario.
13.69 x 200 días laborados = $2,738 pesos deberás recibir como mínimo de aguinaldo.
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Si tu ingreso es variable
En este caso se debe de tomar como base para el cálculo el ingreso promedio diario de los últimos 30 días laborados.
Para el caso de vendedores y agentes de seguros, el salario diario se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos durante el último año de trabajo.
¿Y si no me lo pagan?
Si llega el 20 de diciembre y tu jefe no te ha pagado el aguinaldo lo hace de forma incompleta o tardía, puedes recurrir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a partir de la fecha antes mencionada y tendrás un plazo no mayor a un año para emitir tu queja, así la Profedet enviará una demanda a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo, quien llevará la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para su resolución.
Los jefes que no paguen el aguinaldo, lo hagan de forma tardía o incompleta podrán ser sancionados con una multa equivalente a 50 y hasta 5,000 veces el salario mínimo, que va desde los 4,418 pesos hasta los 441,800 pesos.
Recuerda que el aguinaldo es tu derecho y tu patrón debe respetarlo. Por otro lado, es muy importante que una vez que lo recibas lo administres adecuadamente y evites las compras compulsivas que son muy comunes durante estas épocas, pues estás más que ayudarte te dejan sin dinero y endeudado.